En Puerto Rico la Ley Núm. 42-2017, conocida como la Ley para Manejar el Estudio, Desarrollo e Investigación del Cannabis para la Innovación, Normas Aplicables y Límites (“Ley MEDICINAL”), establece las normas y procesos permitidos en la industria del cannabis medicinal. También nos indica los métodos de administración o consumo permitidos para los pacientes autorizados. Es importante recalcar que el consumo de cannabis medicinal mediante el acto de fumar está prohibido por Ley.
No obstante le presentamos vías de consumo autorizadas para los pacientes del Programa del Cannabis Medicinal en Puerto Rico:
- Vaporización: este se puede llevar a cabo con la flor y aceites. Se inhalan los componentes del cannabis con un aparato que se llama un vaporizador. El efecto del producto puede experimentarse aproximadamente 10-15 minutos posterior a la inhalación y su duración varia de persona a personas, por lo regular puede durar hasta 4 horas.
- Tópicos: son aquellos productos con contenido de cannabis que se administran sobre la piel. Su efecto podría sentirse entre 10-20 minutos luego de aplicado el mismo. Su efecto podría durar hasta 4 horas.
- Comestibles: se refiere a los productos con contenido de cannabis que se utilizan de forma oral. Entre ellos cápsulas, galletas, batidas, alimentos, entre otros. Su efecto tarda aproximadamente 30 minutos, luego del proceso de digestión. No obstante su efecto podría durar hasta 8 horas.
- Tinturas: son aquellos productos, usualmente en gotas, que se administran por debajo de la lengua. Su efecto puede sentirse aproximadamente 15 minutos luego de utilizarlo. Podría durar hasta 12 horas.
- Supositorios, son los productos con contenido de cannabis que se utilizan por vía anal o vaginal. Su efecto podría sentirse entre 10-15 minutos luego de insertado el producto.
En Faro Dispensary & Wellness Center somos su guía al bienestar.